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La prostitución en España 45 000 mujeres y cinco millones de euros al día

 ¿Es legal la prostitución en España? Qué dice la legislación al respecto en 2023 El tercer capítulo, que lleva por título La reglamentación bajo la monarquía de Isabel II. contactos barcelona pasion progresista a la Gloriosa, trata los aspectos de las reglamentaciones promulgadas en toda España entre 1854 y 1869. En primer lugar, las referidas a la ciudad de Madrid, entre 1854 y 1865, que se convertirán en el modelo mediante el cual se elaborarán los diferentes reglamentos promulgados en las provincias y ciudades españolas a partir de 1854, y en las que se introducirá el término higiene especial por primera vez a partir de 1865. En segundo lugar, Jean Louis Guereña tras elaborar el cuadro de los diferentes reglamentos publicados entre 1845 y 1867 en un total de trece ciudades españolas, analiza el precedente de la alcaldía de la ciudad de Cádiz, en la que, desde 1845, existía en sus Ordenanzas municipales un artículo referido a la prostitución. La primera reglamentación de la prostitución se produjo en la capital gaditana a partir de 1861 si bien, algunos años antes ya se había promulgado el primer reglamento de la provincia gaditana en la ciudad de Jerez en 1855, reglamentándose la prostitución en las ciudades de San Fernando y el Puerto de Santa María, a partir de 1864. Jean-Louis Guereña incorpora, además, interesantes referencias al imaginario de la prostitución y a la literatura clásica costumbrista y realista sobre dicho tema, adentrándose en el campo de la sociología y tomando como punto de partida el burdel tolerado en sus distintas variantes, un lugar que representa el compromiso estratégico entre familia y estado en el seno de una sociedad de vigilancia y disciplina social. De hecho, han existido múltiples reglamentaciones como la aprobación de la Ley de Profilaxis Pública de Enfermedades Evitables, que estipulaba que las mujeres que ejercieran esta profesión debían estar inscritas en un registro público y, al mismo tiempo, someterse a exámenes médicos periódicos para evitar la propagación de enfermedades venéreas entre la población. A pesar de esto, dado que los ayuntamientos sí que tienen competencias con respecto a la ordenación del territorio y a la regulación de las actividades económicas, pueden poner ciertos límites y barreras al ejercicio de la prostitución. Por ejemplo, pueden denegar las licencias a los locales de alterne donde se ejerza la prostitución (o actividades relacionadas con esta). Del mismo modo, se pueden delimitar áreas donde el ejercicio de la prostitución no estará permitido o se intentará reducir. Uno de los mayores ejemplos al respecto es la calle Montera en Madrid, donde durante décadas se ha ejercido la prostitución en la capital, pero en 2013 se planteó en el Ayuntamiento de Madrid la Ordenanza de Convivencia Ciudadana (que no fue aprobada) que contemplaba multas de hasta 750 euros a los clientes de la prostitución. En cambio, se implantaron medidas a partir de 2015 para sacar la prostitución de la calle Montera (instalación de cámaras de vigilancia con un objetivo disuasorio) o un mayor grado de limpieza. El modelo abolicionista de la prostitución no es un caso exclusivo de España, sino que también se da en Portugal, Inglaterra, Escocia, Gales, Italia, Bélgica, Luxemburgo, Dinamarca, Andorra, Mónaco, Finlandia, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Rumanía, Eslovenia, Malta, San Marino, Chipre, Estonia, Bulgaria y Montenegro. La legislación sobre la prostitución en España (o su ausencia) es competencia exclusiva del Estado. Esto significa que los gobiernos autonómicos se deben limitar a aplicar la legislación nacional vigente respecto a esta materia. Hay que tener en cuenta, según advierte la profesora e investigadora de la Universidad Carlos III Paula Sánchez Perera que los datos proceden de los espacios más accesibles, la calle o los clubes. Acceder a los pisos clandestinos es más difícil y la mayoría está en la clandestinidad. A continuación, EL PERIÓDICO ofrece una radiografía sobre lo que se sabe y no se sabe de la prostitución en España, a partir de los informes oficiales, de los datos de las oenegés y las opiniones de expertos. Entendemos que sin demanda no hay oferta, y queremos convencer a la gente de que detrás de cada una de estas mujeres, quizá, exista una víctima y una esclava sexual, expone el representante de la Policía. Según los datos de Médicos del Mundo, en 2022 se brindó atención a un total de 9.469 personas en situación de prostitución en España. Entre ellas, se identificaron 138 casos de presuntas víctimas de trata con fines de explotación sexual, aunque los expertos afirman que la cifra real es probablemente mucho mayor. La ministra de Justicia, Pilar Llop, aseguró recientemente que España es el primer país europeo en consumo de prostitución. Del 23 de julio de este año es la Intersindical Alternativa de Cataluña (IAC), la primera sección sindical de España, que agrupa a trabajadoras sexuales para reclamar sus derechos laborales. Hasta esa fecha se habían afiliado una decena de trabajadoras sexuales algunas de ellas procedentes de otras comunidades autónomas. Se adopta un sistema represor en el que se persigue a todas las partes involucradas y a las que les imponen sanciones judiciales, suprimiendo también los establecimientos dedicados a su ejercicio. Al ver a la prostituta como una delincuente, este modelo no ofrece alternativas a estas mujeres con respecto al ejercicio que realizan, sino que intenta eliminar su presencia en la sociedad, especialmente en las calles. Aunque no se conocen cifras absolutas del número de demandantes de prostitución, diversas encuestas indican que pueden ser entre el 4 y el 10% de los hombres, de entre 20 y 55 años. Según ha destacado la delegada del Gobierno, el foco está puesto en la protección y atención a las víctimas y también en la prevención. Existen referencias a ella, sí, pero no hay ningún artículo que diga que se trata de una actividad económica legítimamente legal, ni lo opuesto. El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes la admisión a trámite de la Ley para la abolición de la prostitución en España. Después de las críticas de muchos de sus socios después de que la parte socialista del Gobierno intentara incluir este hecho en la ley del solo sí es sí, presentaron una ley específica sobre la abolición de la prostitución que supone una reforma en el Código Penal. El CIS mostraba en 2008 que el 4,6% de los hombres había pagado por mantener relaciones sexuales en los 12 meses anteriores. En 2003, una encuesta del Instituto Nacional de Estadística reveló que el 27,3% de los hombres había recurrido a la prostitución en algún momento de su vida, el 6,7% durante el año anterior. Más allá del debate sobre qué hacer con la prostitución, España arrastra ya hechos y políticas que configuran un marco heterogéneo, también contradictorio, que está lejos de un modelo consistente para abordar este fenómeno. Es alegal y faltan datos oficiales, pero cuenta para el PIB; no es considerada una relación laboral, pero hay patronales registradas; no hay un marco estatal de sanciones, pero sí ordenanzas que establecen multas, también incluso para prostitutas. La norma socialista para abolir la prostitución modifica el artículo 187 del Código Penal para «castigar de forma general el proxenetismo, sin exigir relación de explotación». Solo 24 horas después de que los socialistas pinchasen en su intento de lograrlo a través de un atajo, mediante una enmienda a la ley del «solo sí es sí», han tomado el camino principal y esta mañana han registrado en el Congreso una proposición de ley que reclama la prohibición y persecución de una industria, en muchos casos coercitiva y clandestina, que vive de la explotación sexual de las mujeres. Y es que los empresarios de clubes de alterne y prostitución por cuenta propia están legalmente organizados en nuestro país. Dos sentencias diferentes reconocieron su naturaleza y obligaron a la Dirección General de Trabajo a inscribirles en 2004. Ese año, el Tribunal Supremo legalizó la Asociación Nacional de Empresarios Mesalina, cuya actividad es la tenencia y gestión de establecimientos que ofrecen “productos o servicios” a personas “que ejerzan el alterne y la prostitución por cuenta propia”. La Dirección General de Trabajo había denegado su inscripción por hacer alusión a la prostitución pero el Supremo dictó su registro. La sentencia argumentaba que se trataba de establecimientos hoteleros que necesitaban personal para funcionar y, por tanto, tenían legitimidad para asociarse como empresarios.

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